[Crónica] Perdonar no sólo es divino

Si los que piden indulto con cualquier argumento, lo hacen como el arrepentido asesino de Tucapel Jiménez, es un bello gesto concederlo (en lo posible habiendo mediado un acto de conciliación con las víctimas directas o sus familiares, por lo menos a nivel de intento explícito).

Por Jaime Hales Dib

Publicado el 18.10.2026

El tema de los perdones se ha puesto de moda. Algunos llevan años pidiendo indultos —entendidos como un perdón general desde el poder político— para las personas condenadas por violaciones a los derechos humanos durante la dictadura. Otros agregaron, después de 2019, a los condenados por motivos similares en el contexto de las manifestaciones de ese año.

Los argumentos han ido variando y ahora se invocan las razones humanitarias (como enfermedad mental irreversible, enfermedad terminal, personas de muy avanzada edad y alto grado de deterioro) para solicitar un grado de benevolencia. Los dirigentes del partido Republicano, ampliando la postura, incluso eran partidarios de otorgarlo a Juan Aliste, condenado por el homicidio de un carabinero.

Sin duda, el perdón es un acto de gran consideración hacia quienes han realizado conductas ofensivas, sean éstas de carácter delictual o no. Pero ese acto debe corresponder, en primer término, a quienes fueron ofendidos con la conducta que motivó la sanción penal.

He aquí el centro del problema, pues lo que se está pidiendo es un acto político de Estado, donde quien perdona no es el ofendido, sino la autoridad.

Cuando el diputado Tucapel Jiménez perdonó, hace algunos años, a uno de los asesinos de su padre, fue un acto personal derivado de una serie de circunstancias. Primero, el autor de los hechos, durante su tiempo de prisión, hizo una profunda reflexión que lo llevó a concluir que el acto que había realizado era injusto y manifestó su arrepentimiento. Se estableció una verdad (el asesinato por su mano) y recalificó su conducta, más allá de las justificaciones que pudo haber tenido (obediencia debida, temor reverencial a las autoridades, convicción de que estaba en una especie de guerra en la que había que matar al enemigo), como algo incorrecto y grave.

Segundo, en virtud de ese arrepentimiento, se comprometió a no perseverar en conductas de este tipo cualesquiera que fueren las circunstancias. Tercero, pidió a las víctimas, en este caso el hijo del asesinado, el perdón. Tucapel, tomando conciencia de ello, lo perdonó. Ese acto no tiene consecuencias jurídicas.

 

La divinidad puede ayudar

El senador Espinoza, cuyo padre fue detenido, torturado y asesinado por la dictadura, expresó su voluntad de perdonar a los hechores, sin esperar de ellos ningún acto personal. Sin duda ese es un acto de generosidad y conciencia humana que va más allá de lo que puede ser exigible para cualquiera y muestra al sujeto que perdona gratuitamente —sin que nadie se lo pida, sin que nadie exprese remordimiento ni arrepentimiento—, como alguien muy especial. Este acto tampoco tiene consecuencias jurídicas.

Cuando Sebastián Piñera, en su primera candidatura, manifestó la intención de indultar a los condenados de Punta Peuco, el general retirado Juan Manuel Guillermo Contreras Sepúlveda le respondió en una entrevista difundida por la televisión, sosteniendo que él no quería indultos porque sus actos habían sido legítimos, que no tenía ningún arrepentimiento y, más aún, volvería a hacer todo lo que hizo, pero esta vez «lo haría mejor».

Pero cuando un condenado se expresa así no merece ni medidas alternativas, ni libertad condicional, ni indulto, ni beneficios de ninguna especie. La finalidad de la pena no se ha cumplido. Los requisitos del indulto tampoco.

Sebastián Piñera no volvió a formular este tipo de proposiciones y se olvidó del tema.

Este es el asunto: si los que piden indulto con cualquier argumento, lo hacen como el asesino de Jiménez, es un bello gesto concederlo (en lo posible habiendo mediado un acto de conciliación con las víctimas directas o sus familiares, por lo menos a nivel de intento explícito). Entonces, aunque el hecho mismo no tenga consecuencias jurídicas directas, sirve de argumento para una libertad condicional o un indulto.

Así, es bueno que esos indultos se otorguen, porque estarían revelando un real proceso de arrepentimiento y abriendo las puertas del perdón humano que, además del ofendido, la sociedad puede asumir.

Queremos perdonar, dijo mi hermano Patricio en un libro publicado hace varios años. Pero, sostenía, necesitamos que nos digan la verdad, que haya arrepentimiento y nos digan: «Perdón». Con eso basta.

Otra cosa puede ser una conmutación de pena, sin indulto, sin perdón, sólo por conmiseración, para que el condenado pueda cumplirla en el hospital o en su casa cuando esté evidentemente en una situación terminal. Pero la condena no será borrada.

Algo parecido al caso de demencia irrecuperable, como se alegó en el caso de Augusto Pinochet Ugarte, quien murió demente en su casa.

Perdonar puede ser un gran acto humano, tanto del que pide perdón por sus actos como del que perdona.

La divinidad puede ayudar.

 

 

 

 

 

***

Jaime Hales Dib (1948) es un abogado formado en la Universidad de Chile, poeta, narrador y profesor.

En 1995 fundó la Academia de Estudios Holísticos SYNCRONIA, luego fue agregado cultural en México durante el gobierno del Presidente Ricardo Lagos Escobar. También formó parte del directorio y fue secretario general de la Sociedad de Escritores de Chile (Sech).

Además, integró el Consejo Nacional del Libro y la Lectura de Chile, participó en la comisión redactora de la Ley del Libro, fundó la Editorial Casa Doce, ha publicado varios textos de su autoría y ha dado recitales poéticos en diversas ciudades tanto de Chile como del extranjero (Francia, España, Estados Unidos, Colombia, Ecuador, Panamá, Uruguay, Argentina y México).

 

Jaime Hales Dib

 

 

Imagen destacada: Juan Aliste Vega.

Comparte: